Usuarios deberán aceptar la recepción de publicidad | Asociación Automotriz del Perú

Usuarios deberán aceptar la recepción de publicidad

La decisión del Indecopi de prohibir la realización de llamadas comerciales o el envío masivo de mensajes o correos (mailing) a los usuarios se convierte en un reto para las empresas.

Ahora, serán los consumidores los que deberán aceptar la recepción de información comercial (campañas, promociones, nuevos productos o servicios), antes que la compañía haga llegar su mensaje.

A inicios del mes el Poder Ejecutivo publicó, a través de la delegación de facultades del Congreso, un decreto legislativo (DL) que modificó el Código de Protección y Defensa del Consumidor, y con el cual se prohibió que las empresas llamen, envíen mensajes de texto o mensajes electrónicos masivos para ofertar productos o servicios a los consumidores sin su autorización.

La norma

Contravenir esta medida implicará que servicios como los ‘call centers’ puedan verse envueltos en procesos sancionadores o ser multados hasta con 450 unidades impositivas tributarias (UIT), monto que equivale a S/ 1,867,500.

El mecanismo para que los call centers puedan obtener el consentimiento previo puede ser “desde un mensaje de texto, una llamada telefónica, formularios contractuales [físicos o virtuales], un correo electrónico o cualquier otro tipo de comunicación por los medios de contacto dados por el consumidor (redes sociales, por ejemplo)”.

Según el Indecopi, este pedido de autorización debe realizarse en horarios razonables y, asimismo, se debe evitar la insistencia o la reiteración de comunicaciones a quienes ya expresaron su negativa.

Con información de El Comercio.

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