Se Aprueba Ley que Promueve Renovación del Parque Automotor
Se Aprueba Ley que Promueve Renovación del Parque Automotor

El día de hoy se ha publicado en el diario oficial “El Peruano”, la Ley No. 30536 – Ley que fomenta la renovación del parque automotor y la formalización en la venta de unidades inmatriculadas, el cual tiene por objeto facilitar la venta de vehículos por parte de personas naturales y que recoge modificaciones relevantes en el tema del IGV para este tipo de operaciones.

La venta de vehículos usados que los concesionarios y distribuidores de automóviles recibían como parte de pago, se encontraba gravada con el 18% de IGV hasta el día de ayer.

Tal situación originó que las empresas distribuidoras de vehículos nuevos no reciban vehículos usados en parte de pago, ya que su posterior venta, normalmente a favor de personas naturales que no tienen derecho a tomar crédito fiscal, se encontraba gravada con el IGV por el total del precio del vehículo, lo que incrementaba sustancialmente el valor de transferencia de los mismos, poniéndolos fuera del precio de mercado usual para este tipo de bienes.

Bajo el esquema antiguo, si una empresa distribuidora recibiera en parte de pago un vehículo inmatriculado (usado) valorizado en US$ 10,000.00 y posteriormente lo transfiriera en US$ 11,000.00, estaría perdiendo dinero, pues solo US$ 9,322.00 serían ingreso propio y US$ 1,678.00 corresponderían al IGV por pagar.

Por tal motivo, las empresas distribuidoras se limitan a intermediar u ofrecer en el mercado los automóviles usados que sus clientes desean transferir para poder adquirir autos nuevos, mientras que el resto de las ventas termina llevándose a cabo directamente entre personas naturales o a través de agentes informales, no generándose por tanto ningún IGV ni renta por la transacción.

Con la aprobación de esta ley se incrementará la formalización de la venta de los vehículos que ya fueron inscritos en la SUNARP y que actualmente es realizada de manera informal entre las personas naturales. Mediante este sistema, las empresas comercializadoras podrán ofrecer a las personas una alternativa de adquisición de vehículos nuevos, entregando sus vehículos usados como parte de pago.

Finalmente, a partir de hoy el cobro del IGV (18%) se realizará a la diferencia entre el precio de venta del vehículo usado y el precio de compra del vehículo nuevo. No efectuándose al precio final. Lo que finalmente, beneficia a las personas porque la intervención de una casa comercializadora en la venta del vehículo proporciona seguridad a la transacción y de la prevención del lavado de activos.