El 04 de julio de 2020 se ha publicado en El Peruano la Res. 113-2020-SUNAT, con la cual, la Administración Tributaria aprueba las normas operativas que deben de tener en cuenta los contribuyentes, para acogerse al aplazamiento/fraccionamiento de su deuda tributaria, de conformidad con lo dispuesto en el D. Leg. 1487 (10.05.20) y su reglamento, aprobado por DS 155-2020-EF(23.06.20).
ORGANIZADO POR:
CCL
EXPOSITOR:
Luis Enrique Huamanchumo
Funcionario de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria – SUNAT y Especialista en Facturación Electrónica.